Problemas de Tierra de Comunidades Indígenas
en el Norte de la Nueva Galicia en la Epoca Colonial

Agueda Jiménez-Pelayo
Departamento de Estudios Regionales
EI Colegio de Jalisco
Guadalajara, Mexico

RESUMEN
Para el presente estudio se ha seleccionado una amplia región, poco estudiada, que estuvo conectada con los distritos mineros y centros urbanos de Zacatecas y con la ciudad de Guadalajara durante la época colonial, se trata de la región donde habitaron los indios caxcanes del sur de Zacatecas y Teocaltiche (Jalisco). El enfoque central es sobre las tierras de comunidades indígenas y los problemas que enfrentaron éstas para conservar sus tierras principalmente en el siglo XVIII. Describe tres clases de conflictos ocasionados por el uso de la tierra y los montes, a) interétnicos, entre hacendados y comunidades indígenas, b) la lucha de los pueblos entre sí, y c) las divisiones dentro de las comunidades y los cambios que se producen en ellas a fines del siglo XVlll. En este trabajo se destaca la importancia del fundo legal del pueblo para la estabilidad de los comunidades indígenas.
Este estudio de caso y los problemas que identifica están analizados dentro de un contexto amplio comparado con los estudios similares y problemas identificados en el estudio a diferentes regiones del centro y sur de México durante la época colonial.

INTRODUCCION
La llegada de Juan de Tolosa, en 1546, al pie del cerro de la Bufa, donde se levantaría más tarde la actual ciudad de Zacatecas (México), fomentó la avidéz de los españoles por la riqueza de la región (Bakewell 1976, 17,31). La atracción de la plata contribuyo para que los españoles se desplazaran a los territorios del norte recién pacificados en la guerra del Mixton. Al mismo tiempo los hallazgos argentíferos impulsaron la economía de otras regiones de la Audiencia de la Nueva Galicia y la Nueva España, debido a que los centros mineros necesitaban alimentos. A causa de la aridéz de las tierras de los alrededores de Zacatecas el mercado minero se surtía de granos procedentes de Michoacán, El Bajío, Los Altos de Jalisco, y algunas regiones del actual estado de Zacatecas como Jeréz, Fresnillo, y los valles del sur. Estos valles en el siglo XVII siguieron en importancia al Bajío (Guanajuato) como los principales abastecedores de granos para el mercado de Zacatecas (Bakewell 1976, 89, 326, 327). Los valles del sur de Zacatecas, a causa de la fuerte erosión del agua, se componen de ricos suelos aluviales y forman parte de los cañones de Tlaltenango y Juchipila. En estas tierras y en Teocaltiche (Jalisco) habitaban a la llegada de los conquistadores, los caxcanes, indígenas sedentarios pero belicosos, los que habían sido sometidos por los recién llegados en 1540.

La región seleccionada para este estudio, que hasta ahora había recibido poca atención de los estudiosos, abarca los cañones y valles del sur de Zacatecas, y la zona de Teocaltiche (Jalisco), como se presenta en la Figura 1. Se ha seleccionado para este trabajo por su originalidad e importancia como zona de transición entre los chichimecas nómadas y los indígenas sedentarios, a la vez que por considerarse un parteaguas entre las zonas áridas del norte con escasa población y las areas densamente pobladas y tradicionalmente agrícolas del centro de México. Por lo contrario, a lo que se había afirmado en relación a estas latitudes, existieron en el período colonial, comunidades indígenas organizadas en pueblos (Chevalier 1956, 272, 273; Fabregas 1977, 6). Además esta región desempeñó un papel de suma importancia en los mercados mineros de Zacatecas y Bolaños ya que atrajo un creciente númeo de colonos españoles quienes poco a poco fueron cercando las poblaciones de los naturales lo que contribuyó a crear situaciones de conflicto entre ambas partes. Esta región merece analizarse también por la interrrelación que se produjo entre los diversos grupos raciales, españoles, indígenas, negros, y castas en una zona agrícola vecina a los centros mineros norteños. [end p. 87]

El enfoque de este trabajo se centra en la lucha por el control de la tierra en el norte de la Nueva Galicia durante el período colonial. Siendo una zona vecina de los ricos reales de minas de Zacatecas y Bolaños, el aprovechamiento de la tierra, el agua y los montes era vital para indios y españoles.

Los problemas de tierras en los Cañones no son exclusivos de la región, se presentaron desde que los primeros conquistadores se establecieron en las tierras del centro y sur de México. Charles Gibson fue el pionero en los estudios revisionistas acerca de las relaciones entre indígenas y españoles, incluyendo los conflictos sobre tierras desde 1520, daños a las cosechas indígenas, lo mismo que el traspaso y la usurpación acumulativa de las tierras indígenas por los iberos (Gibson 1967, 278). Por otra parte William Taylor ha demostrado que las comunidades indígenas y sus caciques en Oaxaca en lugar de ser víctimas de completa enajenación de sus tierras retuvieron suficientes tierras para su subsistencia (Taylor, 1972, 195, 196). Sin embargo no faltaron los conflictos ya que cuando los canales de quejas eran demasiado lentos o inseguros, los naturales recurrían a la violencia (Taylor 1979, 136).

La situación de los caxcanes es semejante a los pueblos del valle de México, del de Toluca y de los indígenas de Meztitlán (Hidalgo) y de Oaxaca en cuanto a la necesidad de sostener continuos litígios con los hacendados vecinos para defender sus tierras y montes. En las regiones mencionadas uno de los motivos más frecuentes de conflicto con las autoridades españolas y los terratenientes fue conseguir la categoría de pueblo y tener derecho a tierras de fundo legal. (Gibson 1967, 301; Wood 1980, 8-21; Osborn 1970, 122-131). Por otra parte el sur de Zacatecas y toda la Nueva Galicia presentan diferencias con los pueblos del centro y sur de México en cuanto a la extensión de las tierras que formaban el fundo legal de los pueblos. Otra característica de la lucha por la tierra en la región caxcana, lo mismo que en otras regiones que mencionaremos más adelante, consiste en que no presenta un modelo único, es decir, las confrontaciones no se originaron únicamente entre españoles y comunidades indígenas, sino que los conflictos se produjeron sin importar el origen de [end p. 88] los contrincantes, ni la etnía, ni la raza. Por lo tanto presentaremos los conflictos en tres secciones, en primer lugar las luchas interétnicas de españoles y comunidades indígenas las que comprenden la mayoría de casos examinados. Debido ala cercanía de unos pueblos con otros y la vaguedad de los títulos y medidas de tierras surgieron problemas de los pueblos indígenas entre sí, los que se agrupan en una segunda categoría y finalmente se analiza la agudización de los conflictos con la división interna dentro de las comunidades y las causas que la provocaron.

En la región de los Cañones, lo mismo que la Nueva Galicia, como lo ha señalado Van Young (1984, 67), la lucha por los recursos de la tierra presenta un mundo Hobbesiano en el que la guerra de todos contra todos se desarrolló no sólo en el mercado sino también en el campo y en los juzgados. Aunque no los discutiremos en este trabajo, los litígios de hacendados y propietarios medianos entre sí fueron también frecuentes en el siglo XVIII en el sur de Zacatecas; las dificultades surgían tanto por las tierras como por el agua y los pastos.

LAS PRIMERAS MERCEDES DE TIERRAS
Cuando Nuño de Guzmán y sus hombres entraron en las tierras del norte del territorio que formaría la Nueva Galicia, repartieron las tierras situadas fuera de los pueblos, y no faltaron casos en que los naturales fueran desplazados de sus asentamientos originales, para que se establecieran los recién llegados, como sucedió en Nochistlán, en 1532, donde se realizó la primera fundación de Guadalajara.1 Años más tarde, ya pacificada la zona después de la guerra del Mixton, los caxcanes que habían participado en ella se quedaron en los pueblos de la región del sur de Zacatecas y oriente de Jalisco y buscaron el apoyo y protección militar de la corona española ante el peligro que presentaban los chichimecas que continuamente molestaban tanto a mineros y comerciantes españoles como a los caxcanes (Tello, 1945, 233-235; Paso y Troncoso, 1948, 59-74, 208-219).

Los conquistadores y sus descendientes, lo mismo que los gobemadores y sus allegados continuaron recibiendo mercedes de tierras después de la pacificación de la zona, de tal manera que poco a poco iban acercándose a los pueblos de indios. A pesar de las leyes que protegían a los naturales, la situación en el sur de Zacatecas, en las primeras décadas del siglo XVII, no difería de la que se presentaba en el valle de México después de 1520. Los alcaldes indios de la región caxcana se quejaban de que los vecinos españoles no se sujetaban a las disposiciones de mantener su ganado a una legua de los pueblos; por esta razón los animales destruían las milpas de sus sementeras. Aparte de esto, los españoles presionaban a los naturales para ser admitidos en sus pueblos (Gibson 1967, 286-287; AIPG, TA, Lib. 1, doc. 3, ff. 127,143, 172-178).

La región caxcana abarcaba las alcaldías mayores de Juchipila y Tlaltenango y la parte del oeste de la de Lagos en la que quedaban incluidos Teocaltiche y otros pueblos vecinos. 2 En el siglo XVIII había catorce pueblos de indios en cada una de las dos primeras alcaldías; los pueblos de la jurisdicción de Lagos que se incluyen en este estudio son Teocaltiche, Mechoacanejo, San Juan Teocaltitán y Huejotitlán, (Figura 1). Los pueblos de los Cañones estaban organizados en comunidades indígenas con sus propios cabildos, en algunos pueblos había dos o tres comunidades o barrios. De acuerdo a las ordenanzas cada pueblo tenía derecho a tierras de fundo legal, denominadas también tierras "por razón de pueblo"; a algunos pueblos se les dotó de media legua cuadrada, es decir, un sitio de ganado mayor (1,755 hectáreas), otros, más privilegiados, recibieron una legua cuadrada que cubría una extensión de cuatro sitios de ganado mayor. Ademas cada comunidad recibía mercedes de sitios de ganado mayor y caballerías para cultivo.3 La extension de tierras de cada comunidad variaba según el número de tributarios y la habilidad de los naturales para defenderlas (Jiménez-Pelayo 1985,289-290) En el centro y sur de México las comunidades indígenas únicamente tenían derecho a 600 varas por lado de fundo legal de sus pueblos, equivalentes a 101 hectáreas (Taylor 1972, 70 ; Wood 1980, 17; Gibson 1967, 297; Morin 1979, 284).

CONFLICTOS ENTRE TERRATENIENTES ESPANOLES Y COMUNIDADES INDIGENAS
Hacia 1650, son frecuentes las quejas presentadas por los naturales de la región caxcana ante la Audiencia de Guadalajara, para defender las tierras que les habían side otorgadas. Debido a que todavía en este tiempo había tierras disponibles para complacer a las partes en conflicto, principalmente en casos de reclamaciones de tierras de fundo legal, se solucionaba el problema supliendo la extensión de tierra litigada por tierra realenga disponible en otro lugar (AIPG, LG:10, f. 110). Sin embargo la lucha de los indígenas para reclamar sus tierras, por medio de vías judiciales, se intensificó entre 1691 y 1694, cuando se midieron las tierras de las comunidades indígenas de la región. En la misma forma establecida para los españoles, los pueblos [end p. 89] de indios pagaron composición y recibieron títulos que legalizaban sus derechos a las dotaciones de tierras adquiridas anteriormente, o por las que estaban disfrutando sin haber recibido merced de ellas. Con los títulos los naturales tuvieron un instrumento legal para hacer reclamaciones. Todo el siglo XVIII fue testigo de numerosos, largos, y complicados litígios de indígenas y españoles ante la Real Audiencia de Guadalajara.

Además para fines del siglo XVII, la situación se volvió más conflictiva, los hacendados adquirieron mayores influencias y dinero para aumentar sus tierras; la corona española necesitaba fondos y las contribuciones por composiciones de tierra le proporcionaban un medio efectivo para obtenerlos. Otro participante era el juez de medidas a quien Ie convenía que se midieran con frecuencia las tierras para enriquecerse. Su posición no está claramente definida: en algunos litígios es parcial a los poderosos terratenientes españoles, en otros a las comunidades indígenas. Era difícil el acuerdo entre las partes en conflicto: la corona española, las autoridades novogalaicas, los jueces de medidas, los hacendados y rancheros, y las comunidades indígenas. Ante esta problemática era fácil que surgieran los desacuerdos, por lo que el Juez Privativo de Ventas y Composiciones de tierras continuamente disponía que se verificaran "vistas de ojos" (examenes de las tierras) y medidas de tierras de los pueblos de indios y de los fundos españoles.

El caso de los naturales de Teocaltiche es bastante ilustrativo como modelo de comunidad indígena que luchó tenazmente por la defensa de sus tierras. En Teocaltiche, entre 1691 y 1794 se practicaron medidas de tierras siete veces, y durante todo este tiempo pelearon porque se completara su legua cuadrada de fundo legal (BPEJ, AJAG, caja 157, expo 1, cuad. 4, ff. 23-50).

Los defectos de los títulos y errores de los comisionados de medidas, provocaron esta larga lucha (1691-1795) de las comunidades indígenas del sur de Zacatecas, para defender sus tierras "por razón de pueblo". Influyó también el interés de los vecinos españoles de acaparar más tierras ya fuera legal o ilegalmente, negando en algunos casos la condición de pueblo de los sujetos; otros problemas surgieron por el control del agua y los montes.

Peleando por las tierras del monte
Para las comunidades indígenas era de vital importancia disponer de montes para obtener madera y pastizales para su ganado. Por esta causa la actitud de los naturales de la región caxcana por conservar sus derechos tiene características especiales. A la defensa de los bosques se le dio un lugar primordial sobre cualquier otro tipo de propiedad. Todas las comunidades indígenas asistían a las medidas sin necesidad de presionárseles. Los naturales invertían los fondos que fueran necesarios para el litígio. En los pleitos examinados acerca de tierras del monte, el fallo final se dió a favor de los naturales, sin importar las influencias de los contrincantes españoles.

Los problemas de las comunidades indígenas de Teocaltiche con sus vecinos españoles, por las tierras del monte se iniciaron en 1686 cuando un vecino español pidió merced de un sitio de ganado mayor y seis caballerías, cuatro alrededor del sitio y dos en el puesto de San Marcos. Los naturales de Teocaltiche se opusieron por ser el puesto que sus antepasados poseían para cortar leña por mandamiento de 1640. Al contradecir la merced los alcaldes alegaron que del monte sacaban las maderas para pagar los reales tributos, si se les quitaba esa fuente de trabajo, por la ociosidad, no vivirían en pueblos y carecerían de la administración de los Santos Sacramentos y buena enseñanza "que Su Majestad tanto encarga."

En 1695 se midió a los indígenas el sitio de San Martín (llamado también San Marcos) y alrededor de el las seis caballerías. El asunto se complicó cuando heredó las tierras Juan Bautista Durán, dueño de la hacienda de Tachichila en Nochistlán. Por las discrepancias de Durán sobre tierras con sus vecinos españoles, y con los indígenas de Teocaltiche por las tierras del monte, se midió la hacienda de Tachichila en 1765. La situación que aprovechaba Durán fue el cambio de nombres del sitio de los naturales (BPEJ, AJAG, caja 157, expo 1, cuad. 2, ff. 23-68, 219-244).

Durante las medidas las comunidades indígenas no mostraron una actitud agresiva; pero sí se movilizaron numerosos contingentes de indios al lugar donde se practicaban las medidas, causando alarma a los hacendados. Aunque no atacaran, perjudicaban sus tierras y sembradíos y los atemorizaban. Tres días antes de iniciarse las medidas "se habían ranchado" en las afueras de la hacienda de Tachichila ocho pueblos, pero entre todos los indios no completaban mil personas. Debido a su tenacidad los naturales de Teocaltiche recuperaron sus tierras del monte. (BPEJ, AJAG, caja 157, expo 1, cuad. 2, ff. 107-109, 2199144; Jiménez-Pelayo 1985, 354). Otro detalle significativo en este pleito es la condición del contrincante don Juan Bautista Durán quien era considerado uno de los vecinos más acaudalados de la región del sur de Zacatecas. Tenía fuertes influencias en la Nueva Galicia y desempeñó los cargos de teniente de Nochistlán y juez territorial. No obstante la calidad del rival los naturales de Teocaltiche lucharon obstinadamente hasta conseguir que se les entregasen completas [end p. 90] sus tierras del monte (Jiménez-Pelayo 1985, 355).

La actitud de los indígenas de Teocaltiche en el litígio por sus tierras de fundo legal y el de las del monte, cambia completamente. En la defensa de las tierras de San Marcos se nota una fuerte unidad de las comunidades que juntas se movilizaban rápidamente al lugar de las medidas para presenciarlas. Posponían la defensa de sus tierras de fundo legal y la adquisición de nuevas mercedes de tierra para luchar por sus derechos en el monte vecino de Tachichila. Se percibe claramente que consideraban más valiosas las tierras del monte que la media legua de fundo legal que les habían usurpado los vecinos españoles.

En relación a tierras del monte, corrieron con mejor suerte los indios de los cinco pueblos de la jurisdicción de Tlaltenango que los de Teocaltiche, ya que a principios del siglo XVII aprovecharon el monte de Morones para su ganado, caballada y abrevaderos y a la vez sacaban madera para sus iglesias y pago de tributos. A principios del siglo XVIII, se opusieron a que se otorgasen mercedes a españoles. En 1726 se les concedió el título a los indígenas referidos "por ser estos indios fronnterizos, así como por la mucha lealtad y vigilancia con que se emplean y dedican al real servicio de Su Majestad contra los indios barbaros y enemigos con invasiones que se ofrecen." A principios del siglo XIX cinco pueblos de la jurisdicción de Tlaltenango, tenían título de seis sitios de ganado mayor en el monte de Morones (AIPG, TA-15, doc. 15; AAZ, Reglamento de Tlaltenango 1802).

Tomando en cuenta el número de tributarios de Tocaticque en 1786, sumaban 113, les correspondían a cada uno 39 hectareas de monte. Sin embargo este pueblo además poseía su sitio de tierras de fundo legal y otro sitio de ganado menor. Con excepción del monte que utilizaban exclusivamente para la extracción de madera, en 1802 a cada indígena se Ie habían repartido solamente siete hectareas para siembras, es posible que por haber aumentado los tributarios recibieran porciones menores de terreno de cultivo. La extensión de tierras que aprovechaba cada individuo era mínima comparada con las de los hacendados, pero se consideraba que disfrutaban de tierra suficiente para su subsistencia y su situación en relación alas de otros pueblos de indios era mejor.

La Tenacidad en Conservar la Categoría de Pueblo
En el valle de México los terratenientes interpretaban la legislación española a su propia conveniencia, sostenían que las leyes reconocían la condición de pueblo indígena, únicamente alas cabeceras o a los pueblos que llenaran ciertos requisitos, como contar con iglesia y ministro para administrar los Santos sacramentos, con gobernador indígena y corregidor español, y un número determinado de tributarios. Si no se reconocía a los poblados indígenas su categoría de "pueblo" no tenían derecho a las tierras de fundo legal y los vecinos españoles acaparaban las tierras; eran frecuentes los casos en que las comunidades perdían su condición de pueblos.

En la región caxcana no encontramos ningún caso en que una comunidad indígena se viera privada de sus tierras por negarsele la condición de pueblo. Sin embargo, algunos hacendados quisieron aprovechar la misma política de los del valle de México y la región de Guadalajara, para privar a los naturales de sus fundos; pero no tuvieron exito. Un ejemplo lo tenemos en la astucia que mostro el dueno de la hacienda de Santa Rosa en la jurisdicción de Juchipila. Con el fin de aprovechar las tierras de Mesquituta, siguió un litígio contra la comunidad indígena de este pueblo. Presionó ante la Audiencia para que se desconociera su condición de pueblo y se obligara a los naturales a integrarse a los de Moyagua.

A Mesquituta se Ie concedió título de una legua cuadrada "por razón de pueblo" en 1694, y además recibió merced de dos sitios de ganado menor y cinco caballerías. En las medidas del fundo legal de Mesquituta había contradicciones; de esta situación se valió el hacendado para coger tierras a los naturales [AMGZ-FN, paquete 146(12) expo S. C. ff. 1-58].

En el litígio por las tierras de Mesquituta había tres partes en la contienda: el hacendado, los naturales de Mesquituta, y los de Moyagua. Finalmente el fiscal decretó que se compIetara la legua de Mesquituta con tierras de la hacienda de Santa Rosa o de Moyagua. Una de las condiciones del terrateniente para aceptar la decisión del fiscal fue que se Ie permitiera promover la agregación de los indios de Mesquituta a los de Moyagua, por el escaso número de tributarios que lo formaban. El fiscal, protector de indios, Ie negó la petición al hacendado por "ser contraria a los fines del estado y de la religión" [AMGZ-FN, paquete 146 (12) expo s.c. ff. 1-58].

Para el presente trabajo se examinaron 30 litígios entre comunidades indígenas y hacendados o pequenos terratenientes. En 15 pleitos el fallo fue favorable a los naturales; los vecinos españoles resultaron beneficiados en seis de los casos de conflicto. En otras seis confrontaciones se otorgaron mercedes a todos los participantes ya fueran dos o tres, o a algunos de los litigantes, generalmente a las comunidades indígenas, se les concedieron tierras en otro lugar para suplir las que se les habían usurpado. Tres de estos 30 casos aún no habían sido resueltos en la primera década del [end p. 91] siglo XIX (BPEJ, AJAG, caja 157, expo I, cuad. 4, ff. 23-50, cuad. 6, ff. 1-55, Y 88-90, cuad. 2, ff. 107-103; BPEJ, AJAG, caja 90, expo 14, cuad. 2; BPRJ, SJSG, caja 4, expo 1; Ibid,. caja 45, expo 1; AIPG, Torno tierras 296, legajo 75, expo 27; AMGZ-FN, paq. 146(12) ff. 57-59; S,GZ-FN, paq. 147(12) ff. 1-28).

De las referidas confrontaciones entre los pueblos de indios y terratenientes, solamente seis se efectuaron antes de 1690. En los viente años entre 1690 y 1710, se localizaron 12 casos en que los españoles o indígenas recurrieron a la Audiencia para defender sus tierras; posteriores a 1711 se examinaron 12 litigios. Es importante aclarar que no se realizó un examen exhaustivo de litigios interétnicos, se seleccionaron los casos con informacion más completa, ya que la documentacion de algunos litigios está fragmentada y no se pudo aprovechar. Aunque el número de los procesos judiciales efectuados entre 1690 y 1710 es igual al total de todos los años restantes del siglo XVIII, los motivos son claros, durante estos 20 años se midieron las tierras de fundo legal de los pueblos de indios; por esta razón hubo frecuentes contradicciones. Por otra parte, estos casos, con excepciones, no son litígios largos ni complicados. Despues de 1750, aunque menos en número, los conflictos se hicieron interminables, costosos, y llenos de agresividad.

CONFLICTOS DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS ENTRE SI
La lucha por la tierra, no solo enfrentó a los españoles contra los pueblos indigenas, sino que llego un momenta en que las comunidades indígenas lucharon entre sí. Para los naturales la tierra representaba la subsistencia, y más aún, la estabilidad, al perder sus fundos legales peligraba su pueblo, su "república" podía extinguirse. Por este motivo hubo fuertes y largos enfrentamientos entre las mismas comunidades indígenas en la segunda mitad del siglo XVIII. Los litígios tuvieron características semejantes a las que sostuvieron con los españoles: largos, costosos, y complicados. El cerco en que iban estrechando los vecinos españoles a las comunidades indígenas ocasionaba que no hubiera suficiente tierra para completar las mercedes, por lo que surgían los conflictos. Sin embargo, comparado con el número de litígios llevados a cabo entre españoles e indígenas, es muy inferior el número de pleitos de los pueblos de indios entre sí.

Uno de los casos de enfrentamientos innterétnicos se suscitó entre Toyagua, jurisdicción de Juchipila, y Mesticacán, jurisdicción de Cuquío. La causa de la disputa fueron las tierras del Rancho de Toyagua, y se llevó a cabo en las útimas décadas del siglo XVIII. Los indios de Toyagua estaban aprovechando el Rancho; los de Mesticacán entraron en él y derribaron las casas y corrales. Por estos motivos los de Toyagua iniciaron un pleito que aún no se resolvía en 1804 (BPEJ, AJAG, caja 90, expo 14, cuad. 2). Los indios de Toyagua se identificaron entre los más pleitistas contra las comunidades indígenas vecinas. Antes de 1760 ya habían seguido un litígio con Nochistlán, en el cual perdieron dos caballerías de tierra de veinte que defendían. No solo con los indígenas vecinos, sino también con los españoles tuvieron conflictos.

El caso de Mesquituta es impresionante, una comunidad indígena de 32 tributarios, entabló un largo pleito contra uno de los hacendados más poderosos de la región; y no solo eso sino que a la vez estaba litigando contra sus vecinos, los indios de Moyagua, a quienes usurpó un sitio de ganado y cuatro suertes de huertas. A fines del siglo XVIII la Audiencia amparó a los de Moyagua "por haber probado mejor su posesión." En este conflicto perjudicó a los de Moyagua que el teniente de Juchipila estuviera rentando las tierras en litigio, en las que trabajaba una mina. El pleito entre estas comunidades indígenas continuó durante varios años.

En esta confrontación de dos pueblos de indios, se encontró un elemento ajeno a la comunidad que intervino en el problema: Jose Antonio Garda. En la información presentada por los testigos, uno de ellos dijo que los indígenas de Mesquituta se apoderaron de las tierras de Moyagua, por haberlos inducido a ello Garda. Aunque no se indica a que grupo perteneda, es evidente que no era indio; puede haber sido mestizo, mulato, o español. La presencia de agitadores de los indígenas no es extraña en la vida de sus pueblos (AMGZ, FN, paq. 147(12) expo s.c. ff. 19-52).

La tensión en aumento por conservar la tierra entre las partes en conflicto: comunidades indígenas, parcioneros, rancheros, jueces de medidas, y autoridades locales provocó nuevas divisiones al enfrentarse las comunidades indígenas entre sí. Los naturales estaban conscientes de que su sustento estaba condicionado a la tierra que poseyeran; además la conservación y estabilidad de su "república" podía desaparecer al perder la tierra.

DIVISIONES DENTRO DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS
La actitud de los hacendados provocó divisiones dentro de las mismas comunidades indígenas desde las primeras décadas del siglo XVIII. Una de estas situaciones se produjo cuando don Domingo de [end p. 92] Castañedo, hacendado y vecino de Nochistlán, les compró, en 1709, a los indígenas de este pueblo, ocho caballerías de tierra en la labor de El Alamo, en 2,520 pesos. La transacción se celebró legallmente. El motivo para la venta fue instituir una capellanía de 2,000 pesos, para el sostenimiento de un sacerdote indígena de Nochistlán. El resto del dinero se aprovechó para pagar los tributos y liberar la hipoteca que habían impuesto sobre las caballerías de El Alamo. El hacendado cercó las tierras, construyó casas, trojes, y una presa en ellas, por lo que el valor de la labor aumentó a cerca de 10,000 pesos (BPEJ, AJAG, caja 45, expo 1, ff. 1-7, 12-21)

El problema surgió debido a que una parte de los naturales no había estado de acuerdo con la venta, por lo que en 1722 se inició un litígio contra Castañedo. Cuando se hizo la transacción, los indios de Nochistlán se dividieron en dos bandos; uno a favor de la venta y fundación de la capellanía, dirigido por el alcalde indígena, ya que su hijo era el bachiller que disfrutaba de la capellanía. La otra facción únicamente había apoyado la venta de cuatro caballerías. Estos últimos acusaban al alcalde de Nochistlán de haber sacado su espada para presionarlos. La Audiencia de Guadalajara no llegó a un acuerdo y turnó el caso a la de México para conseguir un fallo definitivo; el dictamen de este tribunal se dió a favor de Castañedo. Sin embargo se le obligó a pagar más de lo estipulado. Este es el único litígio consultado que se turna a la Audiencia de México (BPEJ, AJAG, caja 45, expo 1).

Otro caso de conflicto interno en un pueblo surgió debido a que se produjo una división dentro de los tres barrios de indios de Teocaltiche, en 1794, durante la lucha por la defensa de sus tierras de fundo legal. Un banda pedia la meedida de las tierras, pero otro se oponia a pagar los gastos. Aunque se ponia como pretexto que desatendenan sus cultivos y la recaudación del tributo, se vislumbra que el verdadero motivo de la sucesión tenía raíces más profundas y carácter politico. El alcalde que apoyaba las medidas, había controlado el gobierno por varios años, por lo que los gobernantes del año en curso se oponían a que quisiera seguir manipulando la vida de las comunidades (BPEJ, AJAG, caja 157, expo 1, cuad. 6, 133-156).

Tanto en el caso de la división de los indígenas de Teocaltiche como en el de los de Nochistlán, el motivo que provocó la disensión fue el interés por el control del poder por un gropo indígena apoyado por vecinos españoles. En el pleito de Nochistlán, Castañedo, un hacendado que ocupó el puesto de teniente del pueblo, fue acusado por los contrarios de haber intervenido, durante ocho años, para que sus parciales conservaran "las varas de alcaldes." Las relaciones de Castañedo contribuyeron a que consiguiera la aprobación para comprar las tierras de El Alamo; por una parte el alcalde indígena Ie debía favores y por otra el teniente del pueblo era su aliado. Al alcalde indígena Ie convenía que se efectuara la transacción para favorecer a su hijo, sacerdote nativo, con una capellanía que Ie produjera una renta anual segura (BPEJ, AJAG, caja 45, expo 1, ff. 12-30).

CONCLUSIONES
Después de analizar los conflictos de las comuunidades indígenas con los vecinos españoles y entre ellas mismas, podemos concluir que los pueblos de indios de la región caxcana siendo privilegiados, por el hecho de ser indios fronterizos, recibieron suficientes tierras para su sustento; pero tuvieron que pelear tenazmente por conservarlas. En esta lucha se hicieron litigiosos; a pesar de que con frecuencia se habla de su caracter pleitista innato, todavía a principios del siglo XVIII, no demuestran esta tendencia muy marcada.

En cuanto a los problemas que enfrentaron los pueblos indígenas para conservar sus tierras el caso de la región caxcana es típico en México colonial; el enfrentamiento con los hacendados se presenta en la mayoría de las regiones estudiadas hasta ahora. Los conflictos intenétnicos están marcados por la violencia y amargura. En la Nueva Galicia se produjeron ataques armados violentos, insultos, lanzamientos de piedras, y destrucción de bienes, como en caso de Tizapanito donde por orden de los hacendados fueron destruidas las cosechas e incendiadas las casas de los naturales. Los agresores podían ser tanto los indígenas como los hacendados. También en el centro de México, los indígenas recurrían a la violencia física para defender los recursos de su comunidad. En el estado de Morelos, no faltaron los pesados conflictos suscitados entre los hacendados e indígenas (Van Young 1984, 64-67; Tovar Pinzón 1982, 26-44; Martin 1982,414-417). La cercanía de las comuunidades indígenas contribuyó a que se produjeran confrontaciones entre ellas mismas. Los pleitos entre pueblos en la zona aledaña a Guadalajara exceden en número a los de la región caxcana; los motivos para las confrontaciones no faltaron, lucharon por la tierra, por el agua, y por el control de los bosques de donde obtenían madera y carbón (Van Young 1984, 66). La región de Oaxaca también fue testigo de violentas disputas entre los pueblos. Otros conflictos se suscitaban cuando los sujetos intentaban obtener la categoría de pueblos y recibir tierras de fundo legal. Este tipo de problema se acentuó en los pueblos de los valles de Toluca y de México (Taylor 1972, 85-87; Wood 1980, 8- [ end p. 93] 21; Gibson 1967, 301). En el sur de Zacatecas las confrontaciones se originaban por los desacuerdos sobre límites de sus tierras o cuando un pueblo usurpaba propiedad de otra comunidad vecina.

A fines del período colonial los conflictos se agudizaron dentro de los pueblos y surgieron diferencias que provocaron divisiones y choques entre los mismos indígenas. Una de las causas que se percibe en el sur de Zacatecas es la entrada de elementos extraños al mundo indígena, lo mismo que las presiones e influencias de los hacendados vecinos para atraer a determinada facción. Los terratenientes manipulaban también la política de los pueblos para que sus aliados acapararan los cargos del cabildo. En Morelos los hacendados ejercieron una influencia semejante. En uno de los pueblos del valle de México, Otumba, se presentó el caso de sedición indígena por la introducción de españoles en la comunidad y su intervención en la política indígena (Martin 1982, 421; Tutino 1976, 185).

Según Van Young, las principales causas de la lucha por la tierra, el aumento demográfico y el desarrollo agrícola comercial, influyeron en la competencia dentro de las comunidades indígenas, lo mismo que la diferenciación social y económica. Así en el área de Guadalajara y en Oaxaca la diferenciación económica se acentuó a fines del siglo XVIII. Algunos caciques o alcaldes indios adquirieron tierras y bienes como particulares, ya que aprovechaban el poder de sus cargos para enriquecerse (Van Young 1984, 66-71; Taylor 1972, 73-82). En el sur de Zacatecas no encontramos evidencia de diferenciación económica, los docuumentos consultados no presentan pruebas de acaparamiento de tierras por parte de los caciques indígenas. En cambio el crecimiento demográfico, sí puede considerarse una causa substancial para el aumento de los conflictos, debido a que después de 1745 se produjo un fuerte incremento de la poblacion.4

NOTAS
1. La primera fundación de Guadalajara se efectuó en Nochistlán. En 1533 se trasladó a Tonalá. Su tercer asentamiento se hizo en Tlacotán y finalmente se estableció en el valle de Atemajac, en 1542, en el lugar en que se encuentra actualmente.

2. En el pueblo de Teocaltiche (Jalisco), perteneciente a la jurisdicción de Lagos, habitaban españoles e indios. Estos últimos estaban organizados en tres barrios, el de Arriba, el de Abajo y el de Hipalco. En la alcaldía mayor de Tlaltenango (Zacatecas) se encontraba otro pueblo de menor importancia llamado Teocaltiche, se puede ver en el Figura 1, pero no se cita en este trabajo. En la alcaldía mayor de Juchipila se localizaba Teocaltichillo.

3. Equivalencias de medidas de tierras: sitio de ganado mayor: 1,755 hectareas (has.); sitio de ganado menor 780 has.; caballería de tierra: 43 has.; suerte de huerta: 3.57 has.

4. En Nochistlán los bautismos aumentaron de 395 en 1785, a 650 en 1805; en Teocaltiche no hubo cambio notable, permaneció estable, oscilaron entre 563 y 672. En la parroquia de Tlaltenango subieron de 287 en 1745 a 468 en 1785, disminuyendo en 1805. En Nochistlán y Teocaltiche se produjo un aumento notable en los bautismos de españoles, de 65 y 60 por ciento respectivamente, entre 1785 y 1805 (Archivo Parroquial de Nochistlán [APNoch.] Libros de Bautismos, [LB] 1785,1807; APTeoc. LB: 1865, 1785, 1805; APTlalt. LB: 1745, 1765,1785, 1805).

REFERENCIAS CITADAS
AAZ. Archivo del Ayuntamiento de Zacatecas.
Reglamento de bienes de comunidades indígenas de la jurisdicción de Tlaltenango, 1802. (Este es el único documento colonial de este archivo, debido a que se concentró el resto en el AMGZ.)

AIPG. Archivo de Instrumentos Públicos de Guadalajara. Ramo de tierras:
a) Libros de tierras y aguas (TA)
b) Libros de tierras
c) Tomos de tierras
(Divididos en legajos y expedientes.) Libros de Gobierno (LG).

AMGZ. Archivo del Museo de Guadalupe, Zacatecas. Fondos notariales (AMGZ-FN). (parte del archivo colonial está en paquetes con número de paquete y supuestamente el número del ramo es el que esta entre paréntesis. Los expedientes no están clasificados-paq. s.c.)

BPEJ. Biblioteca Pública del Estado de Jalisco; Archivo de la Real Audiencia de Guadajara. Ramo Judicial (AJAG) (Organizado en cajas y expedientes.)

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ABSTRACT
This study deals with a large, important, previously unstudied region that was connected to mining districts and urban centers of Zacatecas and with the city of Guadalajara in the colonial period. It covers the south of Zacatecas and Teocaltiche (Jalisco), the area inhabited by the Caxcan Indians. Its main focus is on Indian communities, landholdings and the conflicts which emerged among different groups in their efforts to control the land resources principally during the eighteenth century. Three types of conflict over land and resources are analyzed: a) interethnic, between Spaniards and Indian communities; b) inter-pueblo; and c) struggle and division within pueblos. The study points out the importance of the legal basis of the town site for the stability of the Indian communities.
This case study and the problems it identifies are set in a broader context comparing it to similar works and issues raised in the study of central and southern Mexico regions in the colonial period. [end p. 95]